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Lemus tendrá que esperar

#PuntosYComas¬ Sheinbaum pone en pausa a Jalisco, donde podría anularse elección

09/08/2024 - 9:42 pm

Factores que comprometen la victoria de Lemus Navarro en Jalisco son el candidato que obtuvo el porcentaje más reducido de votación, entre el primero y el segundo lugar, de menos del cinco por ciento, una de las condiciones básicas que se requieren para analizar los juicios de inconformidad que pretendan la nulidad de elecciones estatales.

Ciudad de México, 9 de agosto (SinEmbargo).- Durante esta semana, la virtual presidenta electa de México, Claudia Sheinbaum Pardo, se reunió con los mandatarios de las 32 entidades del país y con los ganadores de las contiendas por ocho gubernaturas y por la jefatura de gobierno de la Ciudad de México. Pero hizo una excepción: puso en pausa su posible reunión con el presunto ganador de la gubernatura de Jalisco, Jesús Pablo Lemus Navarro, de Movimiento Ciudadano, y argumentó que no lo recibirá, ni a él ni al actual mandatario de esa entidad, también del partido naranja, Enrique Alfaro Ramírez, hasta que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resuelva si su victoria es legítima o si se anulan los comicios y se convoca a elecciones extraordinarias.

Además de que Sheinbaum Pardo no podría darle la espalda a la candidata de su partido, que impugnó las elecciones de Gobernador en Jalisco, Claudia Delgadillo González, hay razones jurídicas para presumir que en esta entidad se cometieron graves irregularidades que podrían derivar en la anulación de los comicios. Hay otro factor que compromete la pretendida victoria de Lemus Navarro, el presunto ganador de los comicios en Jalisco: es el candidato que obtuvo el porcentaje más reducido de votación, entre el primero y el segundo lugar, de menos del cinco por ciento, una de las condiciones básicas que se requieren para analizar los juicios de inconformidad que pretendan la nulidad de elecciones estatales.

De las nueve entidades en las cuales hubo elecciones para renovar al titular del Poder Ejecutivo, hay cinco en las cuales no existen impugnaciones en curso, como son los casos de Tabasco, Chiapas, Puebla, Ciudad de México y Yucatán. Además, en estos cinco casos, las diferencias entre primero y segundo lugar son suficientes para evitar los riesgos de la nulidad.

Mientras que los procesos impugnados incluyen los estados de Veracruz, Morelos, Guanajuato y Jalisco. Lo singular es que en Jalisco el porcentaje de diferencia entre el primero y el segundo lugar es el más bajo de los nueve procesos electorales observados.

Hay dos estados que sobresalen por los amplios márgenes de triunfo de los candidatos de la coalición morenista: 73.61 por ciento de diferencia entre primero y segundo lugar, en Tabasco, mientras que en Chiapas la diferencia fue del 67.23 por ciento.

En el extremo opuesto, hay dos entidades, en manos de la oposición, en los cuales sus candidatos a la gubernatua tuvieron magros márgenes: Guanajuato, de administración panista, con una diferencia de 9.27 por ciento entre primero y segundo lugar, y Jalisco, en manos de Movimiento Ciudadano, en dode el candidato naranja logró apenas una diferencia del 4.96 por ciento.

El Artículo 78-bis de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece que “las elecciones federales o locales serán nulas por violaciones graves, dolosas y determinantes […] Dichas violaciones deberán acreditarse de manera objetiva y material. Se presumirá que las violaciones son determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al cinco por ciento”.

Explica el referido precepto jurídico: “Se entenderá por violaciones graves, aquellas conductas irregulares que produzcan una afectación sustancial a los principios constitucionales en la materia y pongan en peligro el proceso electoral y sus resultados. Se calificarán como dolosas aquellas conductas realizadas con pleno conocimiento de su carácter ilícito, llevadas a cabo con la intención de obtener un efecto indebido en los resultados del proceso electoral”. Advierte el mismo artículo que “en caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada”.

Hay suficientes evidencias de que en los comicios realizados en Jalisco el domingo 2 de junio del 2024 se violaron los principios rectores de la función electoral: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad. Estas son razones suficientes para que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación anule estas elecciones plagadas de irregularidades. Además, el Instituto Nacional Electoral tendría que considerar la remoción de la consejera presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco, Paula Ramírez, y ejercer su facultad de atracción, para asumir la organización y realización de elecciones extraordinarias confiables en la entidad.

También tendrían que valorar, tanto el Instituto Nacional Electoral como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación si hubo, como se presume, la injerencia directa de funcionarios municipales y estatales, de gobiernos vinculados a Movimiento Ciudadano en Jalisco, que habrían participado como funcionarios de casilla con el propósito de manipular el proceso electoral desde las mismas urnas.

Pedro Mellado Rodríguez
Periodista que durante más de cuatro décadas ha sido un acucioso y crítico observador de la vida pública en el país. Ha cubierto todas las fuentes informativas y ha desempeñado todas las responsabilidades posibles en medios de comunicación. Ha trabajado en prensa, radio, televisión y medios digitales. Su columna Puntos y Contrapuntos se ha publicado desde hace casi cuatro décadas, en periódicos como El Occidental, Siglo 21 y Mural, en Guadalajara, Jalisco. Tiene estudios de derecho por la Universidad de Guadalajara y durante una década fue profesor de periodismo en el ITESO, la Universidad jesuita de Guadalajara.
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